Formas de Seguridad Social

Antes de la creación de los regímenes de seguridad social existía le beneficencia pública pero el uso del auxilio que prestaban estas instituciones, presuponía en muchos de los casos la pérdida de los derechos civiles y el traslado de los cónyuges a asilos diferentes. Esta condición suponía una humillación y encontrase último en la escala social.  Aunque el Seguro Social es el formato más extendido de ofrecer seguridad social, existen otros con el mismo objetivo: proteger a los trabajadores ante una eventualidad.

Seguro Social

El primer régimen amplio de seguro social fue instituido en Alemania por el Gobierno de Bismarck entre 1883 y 1889. Sin embargo, desde hacía ya tres décadas, varios Estados de Alemania apoyaban a sus municipios a establecer cajas de enfermedad a los que los trabajadores podían estar obligados a cotizar.

En 1883 comenzó el primer elemento del régimen de seguro social fue el seguro de enfermedad y era administrado por las mutualidades ya existentes. En 1884 se inició el seguro de accidente de trabajo y enfermedad profesional, cuyo funcionamiento y administración estaba a cargo de las asociaciones de empleadores.

En 1889 se creó el seguro de invalidez y vejez, que se administraba de los gobiernos provinciales. Estos regímenes suponían una cotización y una afiliación obligatoria  de todos los trabajadores beneficiarios: varones y mujeres, jóvenes y ancianos, calificados y no calificados y cualquiera que fuera su estado de salud. Estos sistemas permitían dejar atrás la etapa en la que los trabajadores sólo podía acudir a la caridad pública y a la necesidad de probar la situación de carencia y necesidad y sustituirlo por un régimen de prestaciones garantizadas.

Los elementos que caracterizan a los seguros sociales son:

  • La financiación se basa en cotizaciones, generalmente tanto de los trabajadores como de los empleadores, contribuyendo a veces el Estado con un subsidio adicional o un aporte del erario.
  • La afiliación es obligatoria.
  • Las cotizaciones ingresan a cajas especiales y el pago de las prestaciones se hace con cargo a ellas.
  • Los fondos excedentes a aquellas que se requieren para cubrir las prestaciones se invierten con la finalidad de producir ingresos suplementarios.
  • Los cotizantes adquieren pleno derecho ante la ocurrencia del evento considerado y no requieren demostrar una condición de carencia de recursos.
  • Generalmente, el monto que se cotiza así como la prestación está en relación con los ingresos de los afiliados.
  • Los regímenes de accidentes de trabajo y de enfermedad profesional son financiados por los empleadores aunque, a veces, hay un aporte de los fondos públicos.

 

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