
Pensión no Contributiva por vejez en Argentina
A quiénes les corresponde
A personas de 70 años o más, sin cobertura previsional o no contributiva.
En caso de fallecimiento del titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino mayor de 70 años, incapacitado, que haya convivido los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
Requisitos
- Tener 70 o más años de edad.
- Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.
- Los extranjeros debe haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.
- No cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión.
- No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.
- No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.
- En el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.
- La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.
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