Sanciones a AFORES mexicanas

Sanciones a AFORES mexicanas

cOMPETENCIA ECONÓMICA DE mÉXICO

Sanciones a AFORES mexicanas 

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) responsabilizó a Profuturo GNP Afore, Afore Sura, Afore XXI Banorte y Principal Afore, así como a 11 personas físicas, por la realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de los servicios de administración de fondos para el retiro de los trabajadores en el territorio nacional.

Mediante un comunicado, el organismo antimonopolios precisó que los agentes económicos sancionados celebraron acuerdos para reducir los traspasos entre Afores, por lo que esta conducta disminuyó la competencia que existía entre ellas para ganarse la preferencia de los trabajadores.

“En un mercado en donde las inversiones y las comisiones que cobran las Afores están reguladas, los traspasos son una fuente fundamental de competencia. Al convenir limitarlos, disminuyen sus incentivos a ofrecer un mejor servicio y eliminan la posibilidad de que los trabajadores puedan premiar o castigar a su Afore según su grado de satisfacción”, acotó.

La Cofece señaló que las personas físicas que actuaron en representación de las administradoras y a quienes se les acreditó responsabilidad en este asunto son José Eduardo Silva Pylypciow, Carlos Eduardo Salas Westphal y Arturo García Rodríguez, de Profuturo.

Por parte de Sura actuaron Enrique Ernesto Solórzano Palacio y Alejandro Múzquiz Díaz; de Afore Bancomer y Afore XXI, Francisco Javier González Almaraz y Ricardo Villalobos Muro, así como Francisco Tonatiuh Rodríguez Gómez (Afore XXI), y Alfonso Gabriel Cajiga Estrada, Ramón Elías Antonio Pando Leyva y Marcelino de la Garza Cárdenas, de Principal.

Todos ellos cometieron las prácticas monopólicas absolutas que sanciona el artículo 9, fracción III, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), vigente en el momento de su realización.

Modus operandi

La autoridad recordó que cada trabajador que cotiza o ha cotizado en el IMSS o ISSSTE tiene una cuenta personal e individual a la cual se canalizan sus aportaciones, que es administrada por una Afore. Además, tiene derecho a elegir cuál de ellas manejará sus ahorros para el retiro, respetando las restricciones sobre registro y traspaso de cuentas que señala la regulación.

No obstante en seis ocasiones, entre noviembre de 2012 y junio de 2014, directores generales y directores de operaciones de las Afores sancionadas celebraron convenios para reducir el traspaso de cuentas entre ellas, estableciendo montos máximos de traspasos semanales que variaban dependiendo del acuerdo. Con esta acción disminuían la competencia.

Los convenios tenían la característica de ser bilaterales y se celebraron de la siguiente manera:

Profuturo-Afore Bancomer, alrededor de noviembre de 2012 a enero de 2013; Profuturo-Afore XXI, entre octubre de 2013 a mayo de 2014; Afore XXI-Sura, entre enero y junio de 2014; Afore XXI-Principal, enero a junio 2014; Profuturo-Sura, marzo a junio de 2014, y Profuturo-Principal, febrero a junio de 2014.

El cumplimiento de los acuerdos se monitoreaba a través de correos electrónicos en los que se establecieron mecanismos para ocultar la identidad de las Afores que cometieron la conducta, como utilizar sobrenombres para las empresas, lo que muestra que los sancionados conocían la ilegalidad y consecuencias de la acción.

Nota.- En la foto de presentación, Alejandra Palacios, titular de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece)

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