Incorporan a taxistas colombianos a la Seguridad Social

Incorporan a taxistas colombianos a la Seguridad Social

taxi Bogotá

Taxistas colombianos en la Seguridad Social

Los taxistas colombianos han sido incorporados a la Seguridad Social de ese país mediante Decreto 1047, con todos los derechos y obligaciones que se establecen en dicha norma en los sistemas de salud, pensiones y riesgos laborales.

Más aún, se ha considerado que las empresas de servicio público que permitan la operación de sus vehículos por “conductores que no se encuentren afiliados al

Sistema de Seguridad Social, incurrirá en una infracción a las normas de transporte, que dará lugar a las sanciones establecidas en el artículo 46 de la Ley 336 de 1996 y en atención a las circunstancias, a la suspensión de la habilitación y permiso de operación, de conformidad con lo establecido en artículo 281 de la Ley 100 de 1993… “

Tatiana Forero, delegada del Ministerio de Trabajo Territorial Huila, explicó detalladamente el Decreto, que tiene pensativos a los taxistas a nivel nacional.

“El Decreto 1047 de 2014 es una política pública a nivel nacional donde se piensa en beneficio de la clase trabajadora, específicamente que los conductores de servicio público tipo taxi tengan seguridad social, pensión, salud, riesgos laborales, que puedan ingresar al sistema de seguridad social, servicios médicos complementarios y que tengan una garantía por parte del Estado”.

Agregó: “Como beneficios hablamos de las coberturas de pensión, invalidez, vejez y muerte. Hemos visto en las noticias la cantidad de conductores accidentados que quedan inválidos, fallecen y nadie responde. De otro lado por el tema de salud, enfrentado lo que es enfermedad general y maternidad y lo de riesgos laborales que incluye accidentes de trabajo y enfermedades profesionales”.

“Adicional a eso el mismo Decreto 1047 establece un plus para los trabajadores, porque esto es una actividad de alto riesgo, entonces tienen que asumir un seguro obligatorio adicional que es a un muy bajo costo en donde va a cubrir lo que son tentativas de hurto, homicidios y demás. Ese seguro va a cubrir esa parte y ya con las empresas transportadoras estamos trabajando en eso”.

El texto del Decreto lo puede encontrar en http://normativa.colpensiones.gov.co/colpens/docs/decreto_1047_2014.htm

 

 

 

 

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